Una denuncia que radicó la vicedirectora de una escuela de Metán dio origen a la causa que culminó con la condena a un hombre de 27 años.
Sucedió que en octubre pasado la mujer se enteró que la niña de 9 años, alumnita de la escuela donde trabaja, había contado que su padrino, que además es pareja de su madrina, la había tocado en sus partes íntimas. La situación la preocupó aún más al saber que el hombre seguía frecuentando la casa donde vive la menor, y peor cuando le explicó que le había contado a su madrina lo que pasaba y ella le había dicho que no dijera nada.
Al iniciar la investigación, surgió que los hechos ocurrieron en diversas circunstancias. En una ocasión, mientras la niña dormía en casa de su madrina, el acusado aprovechó tocarla. En otras oportunidades, sucedía cuando salían a comprar o mientras le enseñaba a manejar una moto.
Todo esto lo contó la misma nena cuando declaró en Cámara Gesell, lo que llevó a la detención del hombre.
En la audiencia flexible y multipropósito, las partes llegaron a un acuerdo de juicio abreviado. La fiscalía solicitó una pena de siete meses de prisión de ejecución condicional, a lo cual el asesor de menores y la defensa prestaron conformidad. La jueza de Metán Carolina Poma Salvadores se aseguró que el imputado comprendiera los alcances del juicio abreviado, luego de lo cual él mismo reconoció haber tocado a la ahijada de su pareja y aceptó la pena que las partes habían pactado.
Finalmente fue condenado a siete meses de prisión condicional por ser autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple (tres hechos). Pero además de la pena se le impusieron varias reglas de conducta por un término de dos años entre las cuales se le prohibió acercarse a la víctima y a su familia, o violentarlos de alguna manera, ya sea personalmente, por celular o redes sociales.
El incumplimiento de estas reglas podría resultar en la revocación de la condicionalidad de la pena. La jueza dispuso también incorporarlo a los Bancos de Datos Genéticos correspondientes.