La denunciante se enteró de que su hija de 14 años tenía una relación con un sujeto a través de su celular. Ella había notado cambios en la actitud de la menor y una merma en su rendimiento escolar. En el teléfono pudo ver los mensajes que habían intercambiado y descubrió que se habían conocido en la Iglesia Universal. El acusado le decía que “agradecía a Dios haber conocido a una persona tan pura”.
La mujer manifestó que cuando habló con su hija, le contó que ya habían tenido relaciones sexuales en un hotel ubicado cerca de la terminal, adonde él la había llevado. También le confesó que él le cargaba crédito en el celular para mantenerse comunicados.
El padre de la menor quiso hablar con el sujeto. Le pidió verse en persona, pero el imputado se negó argumentando que “su mamá no le dejaba”, mintiéndole que él también era menor de edad (17).
El juez Eduardo Raúl Sángari, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, encontró al sujeto autor del delito de estupro y lo condenó a la pena de tres años de prisión condicional.
Para conservar la modalidad de la condena, el sujeto deberá cumplir durante dos años las obligaciones dictadas por el juez, como abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; mantenerse alejado de la víctima y su grupo familiar y abstenerse de contactarse con ellos por cualquier medio.
Finalmente, se ordenó la inscripción del imputado en el Banco de Datos Genéticos.