Condenan a boliviana a 4 años de prisión por transporte de cocaína y negaron su expulsión

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La mujer fue descubierta en abril pasado en un colectivo con casi dos kilos de cocaína en su cartera y adosada a su cuerpo. La condenada reconoció su culpa, pero al debatir la pena, su defensa alegó la precaria situación de tres hijos y pidió su deportación anticipada. El tribunal rechazó el argumento y ponderó otros, como la alta pureza de la droga que transportaba.

El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta condenó a cuatro años de prisión efectiva a una mujer de nacionalidad boliviana que en abril pasado había sido detenida con casi dos kilos de cocaína cuando viajaba en un micro desde la ciudad salteña de Orán hacia Tucumán.

Bajo la modalidad unipersonal, el juez Marcelo Juárez Almaraz, consideró a Yaquelín Padilla Barrientos autora del delito de transporte de estupefacientes.

En el mismo fallo -dado a conocer el pasado 19 de agosto- y en línea con lo planteado la fiscal subrogante, Paula Gallo, en representación del Área de Atención Inicial de la Unidad Fiscal Salta, el magistrado también rechazó un pedido de la defensa para que la ahora condenada acceda a la expulsión anticipada del país.

El caso

La detención de Padilla Barrientos ocurrió el 4 de abril último, cuando viajaba como pasajera de un colectivo de larga distancia que había salido de la ciudad de Orán y se dirigía a Tucumán. La mujer, oriunda de la ciudad boliviana de Yacuiba, llevaba dos paquetes de droga, uno en su cartera y otro adosado al cuerpo.

El transporte ilegal de la sustancia se descubrió en un control de prevención de Gendarmería Nacional instalado en la ruta provincial N°30, en la localidad de Joaquín V. González, en el sur de la provincia. Detectada la droga, se procedió a la detención de la pasajera, contra quien se formalizó la investigación penal correspondiente.

La acusada ya había realizado otros dos viajes previos desde Orán a Tucumán, por lo que señaló la frecuencia delictiva que llevaba.

Por otra parte, y en respuesta al pedido de expulsión anticipada de la acusada, adelantado por la defensa y la Asesora de Menores e Incapaces, la fiscal señaló que esa vía sería imposible de aplicar, pues no se cumplen los requisitos establecidos en la Ley N°25871 de Migraciones, para acceder a tal beneficio.

Explicó que, aún si la acusada fuera ciudadana argentina, tampoco le cabría la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria, por cuanto no se dan los supuestos previstos por la ley, como así tampoco una situación de vulnerabilidad que justifique apartarse de la norma.

Finalmente, Gallo remarcó que “en el lapso de un mes, Padilla Barrientos realizó tres viajes ingresando al país por pasos no habilitados, siendo en el último viaje que Gendarmería Nacional encontró el estupefaciente entre sus pertenencias, por lo que justamente el fin resocializador de la pena no se lograría si ella regresa a su país en libertad”.

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