Absolvieron a los policías juzgados por 6 causas y provocar la pérdida de un ojo a un joven

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Los jueces de la Sala V del Tribunal de Juicio, por unanimidad, absolvieron lisa y llanamente a los cinco policías que habían llegado a audiencia de debate imputados por diferentes delitos en seis causas acumuladas.

En dos de las causas, los efectivos resultaron absueltos lisa y llanamente de los delitos de falsedad ideológica por retiro de la acusación fiscal.

Del decreto de imputación se desprendió que aproximadamente a las 13:20 del 24 de febrero pasado, en barrio Norte Grande, los efectivos policiales mencionados y a bordo del móvil policial 1829, acometieron contra la integridad física de Luciano Enrique Cruz, de 19 años, y le causaron el estallido traumático del ojo derecho, con debilitamiento permanente del sentido de la vista por perdida del globo ocular. La lesión sería producto de un impacto de proyectil de posta de goma.

Tras ocasionarle la lesión en el ojo, al ser trasladado al Hospital Papa Francisco, la víctima se encontró nuevamente con sus agresores, donde el sargento Exequiel Toledo y el cabo Alfonso Sánchez, lo agredieron físicamente.

Del certificado médico surgió que Luciano Cruz sufrió lesiones contusas equimóticas de forma redondeada en arco superciliar derecho, otra en párpado superior derecho, otra en párpado superior de ojo izquierdo, otra en borde izquierdo de maxilar inferior, una en la cara interna tercio medio de brazo derecho, una sobre tercio superior de esternón, equimosis en tercio interno de clavícula izquierda, lesión contuso equimótica en cara anterior tercio medio de brazo izquierdo y dos en el codo izquierdo, dos sobre línea media y posterior a la altura de la tetilla izquierda y otras dos en la axila izquierda.

En el resto de las imputaciones fueron absueltos lisa y llanamente por aplicación del artículo 484 del Código Procesal Penal. Esto, en relación a los delitos de vejaciones, allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad; vejaciones calificadas en concurso ideal con lesiones gravísimas y encubrimiento.

El tribunal no hizo lugar a la demanda civil instaurada en el marco de la causa y declaró que el proceso no debe afectar el buen nombre de quienes resultaron absueltos lisa y llanamente.

Por último, difirió el levantamiento de las medidas cautelares solicitadas hasta tanto la sentencia quede firme.

Por el Ministerio Público intervino la fiscal penal de Derechos Humanos, Claudia Geria.

El juicio se llevó a cabo con tribunal colegiado integrado por los jueces Mónica Faber (presidenta), Gabriela Romero Nayar y Marcelo Rubio (vocales).

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