La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, confirmó la multa impuesta por la Secretaría de Defensa del Consumidor a la firma Tarjeta Naranja S.A., por un monto de $1.200.000 pesos.
Defensa del Consumidor multó a Tarjeta Naranja S.A., en razón de que a un consumidor se le, probando que en ese momento se encontraba trabajando en el departamento de los Andes, con lo cual era imposible haber realizado la compra de manera presencial en Salta capital.
Por este motivo se realizó el desconocimiento de la compra a fin de que la misma sea anulada, viéndose obligado por la firma en ese momento a pagarla a fin de no generar intereses.
No obstante haber pagado y realizado el desconocimiento, al mes siguiente en el resumen de la tarjeta se le volvió a imputar la compra, por lo que el consumidor efectúa un nuevo reclamo, informando Naranja que la compra ya estaba pagada por la Tarjeta al comercio, así que debía dirigirse a defensa del consumidor.
Durante la instancia conciliatoria en Defensa del Consumidor la firma hizo fracasar la instancia, al mantenerse en silencio ante la propuesta de oficio realizada por el defensor de esta Secretaría a fin de resolver el problema, quedando abierta la vía judicial para el consumidor.
Ante esta conducta, se le abrió sumario a la firma, quien en forma extemporánea y a fin de evitar una posible multa acreditó la devolución al consumidor del monto de la compra, no obstante se le impuso desde el Organismo una multa de $1.200.000 al incumplir con el deber de información, el deber de seguridad y desplegar conductas que constituyen una práctica comercial abusiva, sanción, que fue apelada por TARJETA NARANJA S.A a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la provincia de Salta.