La medida, ya cumplimentada, alcanza también a José Antonio Grueso, ex director de personal de la empresa La Veloz del Norte y a los ex policías Víctor Almirón y Enrique Cardozo, todos procesados por graves delitos cometidos en perjuicio de 17 trabajadores.
El martes, a instancia de un pedido formalizado por el fiscal general Carlos Martín Amad, del Área de Derechos Humanos, de la Unidad Fiscal Salta, el Tribunal Oral Federal N°1, integrado para llevar adelante el juicio oral y público contra el empresario Marcos Levín, José Antonio Grueso, Víctor Almirón y Enrique Cardozo, ordenó la prisión preventiva de todos los acusados.
La medida, cumplimentada, se aplica mediante la modalidad de arresto domiciliario. Por otra parte, y pedido de la fiscalía, se actualizaron los montos de embargos que ya habían sido ordenados en el procesamiento, con lo cual al empresario se fijó una suma de 2.400.000 pesos, mientras que la del resto quedó en 1.200.000.
Por último, el tribunal, conformado por los jueces Marta Liliana Snopek, María Alejandra Cataldi y Juan Carlos Reynaga, ordenaron la prohibición de salir del país de los cuatro acusados y la colocación de pulseras electrónicas, razón por la cual se libró oficio de lo dispuesto al Programa de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
El pasado 21 de octubre, el fiscal general había solicitado al tribunal la detención del empresario, el ex director de personal y de los ex policías Almirón y Cardozo en el marco de la causa “La Veloz del Norte II”, la que se encuentra en trámite ante ese tribunal.
El pedido se fundó en el reciente pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del pasado 18 de octubre, oportunidad en la que ordenó dejar sin efecto la absolución de los acusados, dispuesta por la Cámara Federal de Casación Penal tras revisar las condenas dictadas en el año 2016 por el tribunal oral de Salta.
Fundamentos
Entre los argumentos esgrimidos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que a partir del pronunciamiento de la corte nacional quedó establecido definitivamente que los hechos formaron parte del ataque a la población civil que tuvo lugar durante el terrorismo de estado y que los hechos debían ser considerados crímenes de lesa humanidad.
Como consecuencia del pronunciamiento del máximo tribunal -según consideró- se agravaron los riesgos de fuga de los acusados y de entorpecimiento del proceso, por lo que la situación era de máximo riesgo procesal. En particular, el fiscal no descarto la alta probabilidad de que los acusados reciban penas severas de prisión efectiva, como así también resaltó la proximidad del segundo juicio.
En este segundo debate, Levín, Grueso, Almirón y Cardozo enfrentan acusaciones por 17 casos de privaciones ilegal de libertad y torturas, cometidas en perjuicio de los trabajadores de la empresa “La Veloz del Norte” entre los meses de enero y febrero del año 1977.
A su vez, hizo hincapié en la mayor vulnerabilidad de los testigos, todos de avanzada edad, y los antecedentes de amenazas que se registraron a lo largo del proceso, para finalmente destacar la existencia de otros procesos abiertos en contra de los imputados, particularmente en los casos de Levín y Amirón, que son investigados por otras graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura cívico-militar.
Tras evaluar el pedido, como así también el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre el cual se basó el planteo, los jueces –en un fallo decidido por mayoría- resolvieron de acuerdo a los argumentos de la fiscalía, tanto respecto a la medida de prisión preventiva, como así también respecto a la necesidad de actualizar el monto de los embargos.
En vista de ello, ordenaron la imposición de la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario, lo que fue concretado esta tarde, como así también se dio intervención al Patronato de Presos y Liberados de Salta a fin de que realice la supervisión de la prisión domiciliaria de los causantes.