Antonio Andrónico Guerra fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. En tanto, el resto de los imputados fueron absueltos por no mediar acusación fiscal.
Cabe recordar que Guerra llega condenado por un hecho sucedido durante la madrugada del 25 de diciembre de 2016, cuando vecinos de la plazoleta del barrio La Tablada, en medio de los festejos y saludos por Navidad y encontrándose chicos del barrio jugando, observaron a un móvil policial estacionado y efectivos uniformados que discutían con un vecino, en actitud autoritaria.
En un momento, comenzaron a hacerse disparos de ithaca (escopeta de corredera o repetición manual) en la zona de la puerta de la casa de un vecino. Fue así que salió la víctima (Tapia) a recriminar la situación y el oficial Guerra, quien portaba el arma según dichos del propio oficial y los vecinos, le apuntó en el pecho. Ante su desesperación, el damnificado tomó la punta del arma para que no le diera en el pecho y el impacto del disparo le dio en la entrepierna.
El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala IV del Tribunal de Juicio del Distrito Centro en la audiencia de debate contra los efectivos policiales Antonio Andrónico Guerra, Santiago Orlando Bejarano, Alfredo Walter Abán, Gustavo Martín Mamaní, Raúl Marcelo Cabrera y Gustavo Benjamín Monzón por vejaciones calificadas en perjuicio de Ricardo Tapia.
Finalizados los alegatos, la jueza Norma Beatriz Vera dio a conocer el veredicto por el que Antonio Andrónico Guerra fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial por el término de seis años para tener y usar armas de fuego y para desempeñarse como funcionario de las fuerzas de seguridad provincial, por encontrarlo autor material y penalmente responsable del delito de vejaciones calificadas y agravadas por el uso de arma de fuego, en perjuicio de Ricardo Tapia.
En tanto, los imputados Santiago Orlando Bejarano, Alfredo Walter Abán, Gustavo Martín Mamaní, Raúl Marcelo Cabrera y Gustavo Benjamín Monzón fueron absueltos por no mediar acusación fiscal.
En el mismo fallo, la jueza dispuso reglas de conducta por el término que dure la pena.
En lo que respecta a la conducta de Antonio Andrónico Guerra, quien fuera dado de baja por la fuerza policial por sanciones disciplinarias, el fiscal de Derechos Humanos había ampliado la acusación por los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia agravada por empleo de arma de fuego.
Durante los alegatos, el fiscal González solicito la condena en los términos que dictó la jueza Norma Vera y solicitó la absolución para el resto del personal policial.