Volvieron a rechazar el juicio de Cristina Kirchner contra Eduardo Feinmann

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La Cámara en lo Civil ratificó la decisión de primera instancia y desestimó la demanda que había impulsado la Vicepresidenta por dichos del periodista en el programa Animales Sueltos.

La Cámara Civil ratificó este viernes el rechazo de la demanda que había iniciado en 2016 la vicepresidenta Cristina Kirchner contra Eduardo Feinmann por expresiones que el periodista había hecho durante un debate político en el programa Animales Sueltos. Allí se había tratado a la ex presidenta de “coimera” y “cretina”. A criterio del tribunal, “no se ha acreditado la intención de agraviar, ni tampoco la total despreocupación por parte del periodista de afectar con sus comentarios la reputación de la reclamante”. El fallo recordó los alcances de la libertad de prensa y la condición de funcionaria pública de Cristina Kirchner, a la hora de rechazar el pedido de una indemnización que, en 2016, era de un millón de pesos.

Eduardo Feimann
Eduardo Feimann

Cristina Kirchner se consideró agraviada por lo ocurrido en el programa televisivo y promovió una demanda en contra de Feinmann. Dijo que el periodista había propalado “diferentes insultos, comentarios hirientes, ofensivos contra la reclamante, aduciendo que llevan a ofender su honra, buen nombre e imagen”. La denuncia precisó que el demandado la había tratado de coimera, había dicho que el pueblo la quiere presa, que era una delincuente común.

A su criterio, también inducía “a la justicia a que vayan en su contra”, “le ha dicho cretina en su acepción de necia” y aseguró que ella “recibía los bolsos de L y J (ambos ex funcionarios) y por último la trata de saqueadora; sin siquiera mencionar prueba y/o fuente que lo llevara a calificar de esa forma a la actora”. La Vicepresidenta aseguró que era “evidente la falsedad de sus dichos”.

Cristina Kirchner
Cristina Kirchner

Sin embargo, en primera instancia, el fallo fue adverso y allí se hizo una fuerte defensa a la libertad de prensa. CFK apeló y hoy la Sala F de la Cámara Civil volvió a ratificar el rechazo a la demanda. “No se trata de expresiones estricta e indudablemente injuriantes, ni constituyen insultos, ni tampoco una vejación injustificada, en el contexto en el que fueron expresadas en razón de los ilícitos que eran objeto de investigación en las causas penales”, sostuvo el fallo al que accedió Infobae firmado por los jueces José Luis Galmarini y Fernando Posse Saguier.

“De los dichos invocados como ofensivos a la persona de la actora, aquellos que se refieren a ilícitos entiendo que están referidos a hechos por ser susceptibles de ser probados, entre los que se incluyen en el caso la calificación como coimera (más allá de la interpretación que corresponda dar a los términos en los que fue formulado), delincuente común, la manifestación de que recibía los bolsos que le llevaban L y J (alusión a José López y Ricardo Jaime, ambos condenados) y también podría incluirse el trato de saqueadora, aunque esto último en razón de la forma en que fue manifestado podría ser incluido entre las expresiones que implican una opinión o juicio de valor sobre los actos que podrían interpretarse como encuadrables en el concepto de saqueo”, analiza el fallo.

El tribunal añadió: “Los dichos referidos a que el pueblo la quiere ver presa y a que el demandado induce a la justicia para que vaya en su contra, se tratarían más bien de opiniones o juicios de valor del periodista. En cuanto a la calificación de cretina en su acepción de necia, habrá que analizar si es agraviante o no”.

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