El juez de Garantías 4, Diego Rodríguez Pipino, condenó a Hugo Ezequiel Castro a la pena de un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional por ser autor de los delitos de amenazas con arma (dos hechos) y lesiones leves agravadas por el vínculo y el género.
El 17 de febrero de 2020, amenazó a su pareja con un cable. Luego, el 24 de octubre de ese año sacó un cuchillo y la amenazó con él, con intenciones de lesionarla. Finalmente, el 19 de agosto pasado la empujó y provocó que se golpee con las cosas que había en su hogar, lesionándola.
Durante tres años deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio al Tribunal. Además, tiene prohibido acercarse a menos de trescientos metros de la víctima, en todos los lugares donde lleve a cabo sus actividades diarias, sea el lugar de residencia, domicilio de sus familiares, su trabajo, o a donde ella concurra.
El joven deberá además abstenerse mantener cualquier contacto con la víctima, utilizando cualquier medio, sea por teléfono, mensajes de texto o WhatsApp, Facebook o cualquier otra red social. Tampoco podrá ejercer actos de violencia física o psicológica en su contra. No podrá usar estupefacientes ni abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas.
También tiene la obligación de realizar diagnóstico y eventual tratamiento psicológico con relación a sus conductas violentas y adicciones. Finalmente, adoptará arte, oficio, profesión o concluir sus estudios secundarios.
Cuando terminó la audiencia de juicio abreviado, Castro recuperó su libertad. Además, será incorporado en Registro Provincial de Condenados vinculados a Delitos contra las Personas.
El juez ordenó implantar consigna policial en el domicilio de la denunciante, hasta tanto se implante el sistema de botón de pánico para ella.