El fiscal penal de 1 de Tartagal, Pablo Cabot, requirió al Juez de Garantías de primera Nominación de ese Distrito, la remisión de la causa a juicio en contra de Rosa Fabiola Díaz y Alejandra Paola Díaz, imputadas por el delito de administración fraudulenta de bienes o intereses ajenos, en grado de coautoras. Se habrían quedado con donaciones para comunidades y habrían vendido parte de ellas.
El fiscal penal 1 de Tartagal, Pablo Cabot, requirió la remisión de juicio de la causa contra la exdefensora oficial de Tartagal, Rosa Fabiola Díaz y la concejala municipal Alejandra Paola Díaz, después de reunir los elementos de convicción suficientes para afirmar con el grado de probabilidad que ambas acusadas cometieron los hechos que se les atribuyen.
Las actuaciones de la Fiscalía iniciaron a partir de la denuncia radicada por Sandra Díaz el 4 de febrero pasado y de la ampliación que realizó al día siguiente, de donde surgió que las denunciadas Rosa Díaz y Paola Díaz tenían guardadas en el inmueble que era de su madre, Zulema Hurtado, diversos bienes que habían sido donados el año anterior por la Fundación Nobles, de la provincia de Santa Fe. Tanto la colecta de los bienes como su traslado a la ciudad de Tartagal, estuvieron a cargo de los responsables de la Fundación, que a su vez contactaron al grupo denominado “Corazones Solidarios” que integraban las hermanas Díaz, para que colaborara con la logística de entrega de tales bienes a sus destinatarios, que eran los integrantes de comunidades originarias de la zona.
Sandra Díaz denunció que algunos de los bienes donados fueron vendidos, y que Rosa Díaz le anticipó que “la mercadería que estaba guardada era para cuando Paola se postule para diputada”. Durante el allanamiento del inmueble en cuestión, se hallaron numerosos bienes, los que fueron detallados en las actas respectivas. Fueron imputadas el 8 de febrero pasado.
En consecuencia, los datos colectados (informes policiales y fotográficos, actas de procedimientos y de inventarios, de secuestros del allanamiento, registros domiciliarios, notas manuscritas por diversos caciques de comunidades y numerosas declaraciones testimoniales), indican que hubo una parte de las donaciones recibidas que no fueron entregadas nunca a sus destinatarios -las comunidades-, y que esos bienes fueron dejados en el inmueble de la familia de las imputadas Rosa Díaz y Paola Díaz un año antes de su secuestro, producido por orden judicial. De las testimoniales, también surgió que parte de esos bienes fueron vendidos y otra parte continuaba guardada y que tenían por finalidad ser entregados en una eventual campaña electoral de Paola Díaz. Surgió también de la investigación que tanto Rosa Díaz como Paola Díaz actuaban de manera conjunta en decisiones adoptadas respecto de los bienes donados. Y que ambas, no solamente no desconocían que su madre Zulema Hurtado vendía las prendas y calzados que fueron donados, sino que además, percibían el dinero producto de esas ventas.
En el requerimiento, Cabot consideró que las imputadas incurrieron en administración fraudulenta de bienes o intereses ajenos al defraudar mediante el abuso de confianza, perjudicando patrimonialmente a un tercero y abusando de los bienes que éste les confió con un determinado objeto y a un título jurídico que no le transfiere su propiedad. Y que se produjo un abuso de confianza que el dueño de los bienes depositó en las personas a las que entregó su administración, cuidado o manejo de tales bienes.