Caso Gine: el veredicto se conocerá este martes y pidieron perpetua para el nieto

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Luego de una extensa jornada de alegatos, por lo avanzado de la hora, el Tribunal de la Sala III dispuso un cuarto intermedio hasta este martes a las 8.30 para dar lugar a las réplicas, dúplicas, últimas palabras de los acusados y pasar a deliberar.

Durante los alegatos, la fiscala penal de la Unidad de Femicidios, Mónica Poma, sostuvo la acusación para Agustín Morales por el delito de homicidio agravado por el vínculo, ensañamiento, alevosía, criminis causa y por haber mediado violencia de género en perjuicio de María Leonor Gine, en concurso real con violación de las medidas dispuestas por autoridad competente para impedir la propagación de una pandemia y solicitó se le aplique la pena de prisión perpetua.

Para Federico Detzel y Tania Rocío Aguirre solicitó penas de cinco y cuatro años respectivamente, por el delito de encubrimiento agravado en concurso real con violación de las medidas dispuestas por autoridad competente para impedir la propagación de una pandemia.

La querella adhirió al pedido de pena de la representante del Ministerio Público para Agustín Morales, sin el agravante de la violencia de género. Solicitó además que sea sometido a tratamiento para sus adicciones.

Para Detzel y Aguirre adhirió al planteo de la fiscala Poma, solicitando para ellos la pena de tres años de prisión efectiva.

Los abogados defensores de Agustín Morales plantearon su padecimiento por el consumo de sustancias estupefacientes y solicitaron que sea declarado ininmputable, sea absuelto y se disponga una internacion obligatoria como medida de seguridad. En forma subsidiaria, plantearon circunstancias extraordinarias de atenuación pidiendo que en caso de ser condenado, se le aplique el mínimo de ocho años de prisión.

Los defensores de Tania Aguirre solicitaron su absolución en forma lisa y llana y en forma subsidiaria, su absolución por el beneficio de la duda.

El representante letrado de Detzel en tanto, solicitó su absolución en forma lisa y llana y en forma subsidiaria, su absolución por el beneficio de la duda.

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