El gobierno de la Provincia rechazó el recurso jerárquico interpuesto por los Sres. Camilo Alberto Morales y Simon Agustin Hoyos, en contra de la Resolución Nº 482/19 del entonces Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, hoy Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable.
Se resolvió aplicarles una multa de 708.000 mil pesos a los concesionarios de la Mina “La Yeserita”, Sres. Simón Agustín Hoyos y Camilo Alberto Morales que equivale, una multa de 66 (sesenta y seis) veces el salario mínimo, vital y móvil, equivalente a la suma de $ 660.000 (pesos seiscientos sesenta mil) por incumplimiento de inscripción en el Registro Minero (Decreto Nº 78/18), más una multa de 15 (quince) veces el canon que devengaría anualmente la mina equivalente a la suma de $ 48.000 (pesos cuarenta y ocho mil) por incumplimientos relacionados a la Declaración de Impacto Ambiental, estableciéndose el valor total de la multa en la suma de $ 708.000 (pesos setecientos ocho mil)
Que, a su vez, se advirtió que, los concesionarios ingresaron al predio de la mina “La Yeserita” abriendo una huella desde unos 300 metros desde la Ruta 68 (Km. 29) por el arroyo de la Yesera donde no existían derrumbes.
Luego de recorrer unos 1700 metros de la huella abierta, se llega al terreno donde estaba el campamento de base. Desde el campamento se abrió con la maquina un camino de longitud de 600 metros aproximadamente, hasta el punto de paralización por los guardaparques.
Además, se constató el montaje de un campamento, cuando la prohibición era de montar cualquier tipo de campamento de la zona; Que, en consecuencia, el ingreso de la maquinaria fue claramente para abrir, ampliar o mejorar tanto el cauce del río seco La Yesera, y luego para subir a los viejos laboreos. Existiendo sin embargo, la posibilidad de ingresar caminando, incumpliendo de esta forma con el punto 20 de la Resolución Nº 165/18 que prohibía la apertura de caminos y montaje de campamentos, denotando actividad de exploración avanzada no superficial.