Con 18 años un joven de Salvador Mazza fue adoptado y comenzó su nueva vida en Neuquén

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Entre Salvador Mazza, en el norte de Salta y la ciudad de Neuquén hay unos 2.261,5 kilómetros. Mucho. Pero, en ocasiones, las redes sociales achican esas distancias.

Esa es la historia de A., un nombre ficticio con el que fue conocido el joven actualmente de 18 años. Desde los 4 años que se encuentra con protección del Estado a través de distintos dispositivos.

La carátula del expediente que la jueza de primera instancia en lo Civil de Personas y Familia de Tartagal Claudia Yance tuvo en su escritorio lo dice todo: “declaración de abandono”.

A. tenía 14 años cuando fue declarado oficialmente en estado de adoptabilidad junto a sus otros hermanos dada la extrema condición de vulnerabilidad en la que se encontraban.

Cuando comenzó la intervención del Estado en 2010 se realizaron numerosas acciones tendientes a revertir la carencia familiar. Pero la madre nunca pudo asumir el cuidado de sus hijos. Aún con todo el apoyo no pudo aprender a maternar pese a que dos de sus hijos ya habían sido declarados en situación de adoptabilidad.

El joven A. nunca abandonó su deseo de tener una familia. Sus otros dos hermanos fueron adoptados con anterioridad, pero la familia que se hizo cargo de ellos no podía asumir la guarda de un tercer hijo.

Por ello se hizo una convocatoria pública nacional en 2021. Y no hubo familias interesadas.

Cuando A. se acercó a los 18 años de edad ingresó al programa que acompaña el egreso de los jóvenes sin cuidados parentales, sin familias, para garantizar su plena inclusión y máximo desarrollo personal y social.

Se acercaba la mayoría de edad y entonces aparecieron las redes sociales.

La Fundación La Nación publicó un video que se puede ver en https://www.instagram.com/reel/C20lo4GNInw/?igsh=d203MWIxZ2NrbDF6.

En el video, A. cuenta sus deseos preservando identidad e intimidad. Contaba que le gusta jugar al fútbol y dibujar.

El video fue replicado en Instagram, en Tik-Tok y en Facebook. En cuentas propias y de otras personas que fueron uniendo sus clics para ayudar en la búsqueda de A.

La jueza en su sentencia expresó que aquel video “permitió que muchas familias pudieran emitir sus opiniones y perspectivas sobre la adopción. Contundentemente se obtuvieron resultados positivos.”

En el medio A. cumplió sus 18 años y entonces la Secretaría Tutelar consultó si proseguiría la convocatoria pública a lo que la jueza Yance solicitó que continúe, de manera extraordinaria.

Y entonces ocurrió. La Secretaría Tutelar recibió la consulta de un hombre que vive en Neuquén junto a otro hijo, adoptado también.

Hubo algarabía, claro. A. dijo que quería continuar, pues al ser mayor de edad, debía necesariamente consultársele.

Comenzó entonces el trámite que incluyó entrevistas en la provincia de origen y luego la vinculación.

El joven se puso contento. Y lo dijo en la audiencia convocada por la jueza Yance en Tartagal. Si hasta pidió el pase en la escuela a la que concurría para finalizar sus estudios secundarios en la nueva provincia.

“Tras muchos años de espera por parte de este joven, sin ser cuidado ni amado por su madre, y luego frente a la expectativa de una familia que le brinde la contención como todas las herramientas básicas y necesarias para su crecimiento y desarrollo, ha podido encontrar a una persona que lo acompañará durante el traspaso de su adolescencia hacia su adultez, orientándolo en las decisiones que día a día deba tomar, contando además con el apoyo de su hijo, quien tiene casi la misma edad que A y con intereses parecidos”, puntualizó la jueza.

Se pregunta la jueza en la sentencia “¿cuántas veces escuchamos en los medios de comunicación y programas televisivos comentar que la adopción es un proceso difícil y largo? Que en Argentina es difícil adoptar. ¿Que el proceso es demasiado burocrático? O bien, personas que dicen: “Hace años que me inscribí en el Registro de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción, pero nunca me llamaron”, “me da miedo adoptar a un adolescente, ya que es demasiado tarde para generar un vínculo”. Todos estos argumentos no dejan de ser excusas, y se constituyen en un mito, que va desinformando a las personas año a año.

Citó que un “gran porcentaje de niños que se encuentran en convocatoria, superan los seis años de edad o son grupos de hermanitos y hermanitas o con alguna discapacidad; ya que como los formularios que completan los Aspirantes a Guarda suelen poner un límite de edad hasta los cinco años o que sea un sólo niño o niña, dejando de lado a los adolescentes (porque presumen que son problemáticos). Así transcurre el tiempo, y los niños crecen sin el debido acompañamiento materno ni paterno. – Niños enojados con la vida, con lo que les tocó vivir. Son tan pocas las familias que se atreven a romper estos mitos”.

“La vida que le tocó a A. no ha sido fácil, no ha tenido ni una niñez ni una adolescencia plena. Sin embargo, es un chico excelente, estudioso, bueno, tímido, que le encanta dibujar, jugar al fútbol. Ha podido superar con mucho esfuerzo, cada obstáculo que la vida le ha puesto, sin cambiar su esencia. Un día, cansado de esperar en el Hogar, se retiró y volvió al domicilio de su madre, en el cual estuvo un tiempo. Luego, volvió al Hogar pidiendo ayuda, manifestando que no encontró en ella la contención que esperaba, y que era consciente de que nada iba a cambiar, por lo tanto, pidió que se continúe en la búsqueda de una familia”, señaló la jueza.

Y volvió a preguntarse “¿Cómo soltarle la mano a este niño grande? Resultaba evidente que necesitaba un hogar”. Y es la razón por la que la búsqueda de una familia prosiguió aun cuando se acercaba la mayoría de edad.

“Al cumplir dieciocho años, no significa que automáticamente deja de ser un niño y que debemos soltarle la mano. Todo lo contrario, habrá casos en los que como Estado debamos continuar actuando, acompañando, apoyando”, sostuvo la jueza en la sentencia.

No solo fue la jueza la que persistió. También la Secretaría Tutelar y Niñez prosiguieron trabajando. Y por supuesto el Dispositivo de Protección que siguió dándole techo al joven aun cuando ya tenía los 18 años.

El derecho a crecer en una familia es un derecho humano fundamental, reconocido en el artículo 75 de la Constitución Nacional. “No podemos apartarnos por el simple hecho de que el joven adquirió los dieciocho años, si no hacemos el debido control de convencionalidad, de no actuar así los derechos se terminarían transformando en meras expresiones de deseos.”

En el caso las redes sociales fueron usadas positivamente y permitieron salvar los más de dos mil kilómetros de distancia para que A. pueda contactarse con su nueva familia.

La jueza como conclusión del proceso judicial homologó el consentimiento de formar una familia mutuamente prestado por el joven A. y su nuevo padre.

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