La jueza de primera instancia en lo Civil de Personas y Familia 1 de Tartagal, Claudia Viviana Yance, homologó el acuerdo al que llegaron las partes en el marco de un amparo presentado por una mujer contra la Policía de la Provincia de Salta.
La amparista, que se desempeña laboralmente como policía, había solicitado el permiso extraordinario y obligatorio de ausencia al lugar de trabajo para poder asistir a su hija de 17 años que padece desde su nacimiento de “encefalopatía crónica no evolutiva, cuadriplejia espástica. Bronquitis obstructiva recurrente, la que necesita cuidado permanente de la solicitante ya que la acompañante terapéutica se encuentra afectada a cubrir servicios en el Hospital zonal de la ciudad de Tartagal, no contando con personas para los cuidados especiales que necesita”.
Luego de la negativa del permiso extraordinario solicitado, la mujer pidió gozar de las licencias que tenía pendientes de años anteriores, a lo que sólo le concedieron los días pendientes del 2019. Al momento de solicitar se le concedan los días correspondientes a 2016, 2017 y 2018, estos le fueron denegados.
Ante ello, y luego de haber agotado las vías administrativas correspondientes, la amparista decidió interponer la acción, sobre todo teniendo en consideración que resultaba inminente la obligación de retornar a sus actividades laborales, corriendo el riesgo de perder el trabajo, y con él tanto la obra social y el medio de subsistencia de su hija.
En su fallo, dijo la jueza que se encuentran en juego el derecho de salud, traducido en el cuidado de una madre a su hija con patologías especiales; el derecho a la vida de una persona con discapacidad, traducido en evitar el contagio por la enfermedad emergente de la pandemia COVID-19; el derecho de gozar la licencia ordinario, solución inmediata que encontró la actora para garantizar la protección y el ejercicio de aquellos derechos.
Destacó además que es sabido que los miembros de la Policía se encuentran dentro de las personas a las que mayor trabajo y sacrificio le corresponde en esta época de pandemia, “pero ello no implica dejar de resguardar a sus dependientes. De manera tal que, si se verifica o se considera que una normativa no abarca o no prevé el caso presentado es que deberá arbitrarse las medidas positivas a fin de proteger y resguardar al personal de las fuerzas de seguridad y sus familias”.
El acuerdo al que arribaron las partes en el marco de la acción de amparo interpuesta, y que fue homologado por la jueza actuante, especifica que la Policía de la Provincia le concederá el uso de las legítimas licencias ordinarias de la mujer.
En el fallo, la jueza invitó al personal de la Policía de la Provincia de Salta a realizar una capacitación en materia de discapacidad y género, teniendo en cuenta el aislamiento social preventivo y obligatorio. También recomendó al área de recursos humanos de la Policía que, ante el supuesto caso que la mujer necesitara ampliar el uso de la licencia una vez vencidas las otorgadas, se analice con amplitud la solicitud, a fin de evitar futuras acciones.