En un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala VI del Tribunal de Juicio, D. A. Z. S. (54) fue condenado a ocho años de prisión efectiva por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual, agravado por ser cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente.
El acusado era pareja de la madre de la víctima.
El juez Guillermo Pereyra revocó el arresto domiciliario que cumplía el imputado bajo el monitoreo de la UADME y ordenó su inmediato traslado a la Alcaidía General.
Durante el juicio abreviado, el sujeto aceptó la pena y la modalidad de cumplimiento y reconoció los hechos que se le imputaban. La denunciante (madre de la damnificada) también dio su conformidad al acuerdo al que arribaron las partes.
La mujer refirió que en circunstancias en que estaba discutiendo con su hija de 17 años, la menor le manifestó llorando: “Te tengo que decir un secreto acerca de él -señalando a su padrastro D. A. Z. S.-. Durante todos estos años me manoseó y me besó los pechos y la vagina”.
El imputado en un primer momento negó las acusaciones, pero luego reconoció: “Sí, es verdad, no pude contenerme, pero nunca la penetré”. Ante esto, la denunciante le exigió que se retirara de la casa.
Posteriormente la menor dio más detalles acerca de los abusos a los que la sometía su padrastro. Contó que había comenzado a tocarla en sus partes íntimas cuando tenía 8 años, dos años después de mudarse a vivir con ellas. El imputado convivió once años con la víctima y su madre. Sometía a tocamientos a la niña durante la noche, cuando todos dormían.
La víctima (actualmente de 17 años) refirió que ella lo empujaba o lo rasguñaba para que la dejara. Cuando le preguntaba por qué le hacía esas cosas, su padrastro le aseguraba que no volvería a repetirse, pero volvía a hacerlo.