Metan adopta nuevas medidas y restringe el ingreso y egreso de personas

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Ante las recomendaciones de las autoridades sanitarias del COE por el incremento de los casos de Covid-19 en Capital y el anuncio de circulación Comunitaria del virus también en el norte provincial, se pide a la población extremar medidas de bioseguridad.

Tras la confirmación de casos positivos en San José de Metán es necesario establecer medidas para evitar la propagación del virus:

1°- Suspender por el término de 14 días los viajes que realice cualquier residente de San José de Metán fuera de esta ciudad, salvo las excepciones expresamente establecidas en las disposiciones vigentes a nivel nacional y provincial y/o casos de fuerza mayor.

2°- Las instituciones bancarias, supermercados, oficinas de Edesa, Aguas del Norte, servicios de cobranza, Correo Argentino y comercios en general, deberán dar estricto cumplimiento de los protocolos establecidos para cada actividad.

En especial se exigirá la afectación de personal para el control de quienes esperan ingresar a las instituciones, a fin de evitar la aglomeración de personas.

3°- Restringir el ingreso a esta ciudad de personas provenientes de otros municipios, salvo las excepciones expresamente establecidas en las disposiciones vigentes a nivel nacional y provincial y/o casos de fuerza mayor.

El horario de ingreso al municipio se establece entre las 08:00 y 19:00 hs.

4°- Se aconseja la utilización de barbijo o tapaboca, distancia social, no compartir utensilios o vajillas y extremar las medidas de higiene personal y de las residencias.

5°- Los locales gastronómicos y confiterías funcionarán de 08:00 a 21:00 hs. con modalidad de atención al público, con posterioridad a ese horario podrán hacerlo con modalidad Delivery hasta las 00:00.

El horario de cierre de los locales comerciales será a las 21:00 hs.

6°- Se deja expresamente establecido que cualquier tipo de incumplimiento de la presente resolución implicará la aplicación de todas las sanciones vigentes y motivará incluso el inicio de acciones penales.

La persona que infrinja esta disposición deberá realizar el aislamiento obligatorio en los lugares que disponga el Comité Operativo de Emergencia Sanitaria.

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