Oil Combustibles: condenan al juez que intentó llevar el concurso a Chubut para proteger a Cristóbal López y Fabián de Sousa

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La Justicia provincial sancionó e inhabilitó a Gustavo Toquier que omitió datos falsos y buscó retener el expediente en Comodoro Rivadavia, el pago chico del empresario kirchnerista.

La Justicia chubutense condenó hoy a un juez de Comodoro Rivadavia, Gustavo Toquier, por cometer delitos en su afán por proteger a los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa, quienes intentaron llevar el concurso preventivo de la petrolera Oil Combustibles a esa provincia.

El juez penal Mariano Nicosia concluyó que su colega cometió los delitos de prevaricato y retardo de Justicia mientras estaba al frente de un Juzgado de Ejecución, por lo que Toquier recibirá una pena de multa y, más relevante, la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer la función pública.

La Justicia concluyó así que Toquier dictó una resolución contraria a la ley para beneficiar a López y De Sousa, basado en hechos que sabía falsos, además de retener el expediente a pesar de la orden taxativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que lo remitiera a Buenos Aires.

La fiscal general Verona Dagotto logró probar que entre abril y agosto de 2016, Toquier abrió el concurso preventivo de Oil en Comodoro Rivadavia –el pago chico de López-, apoyado en un domicilio ficticio que los empresarios inscribieron en la Inspección General de Justicia, que “no se correspondía con la realidad de la actividad económica y comercial de la sociedad, ni la de sus acreedores”.

El juez civil Gustavo Toquier, a la derecha, será inhabilitado para ejercer la función pública por intentar favorecer a los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa
El juez civil Gustavo Toquier, a la derecha, será inhabilitado para ejercer la función pública por intentar favorecer a los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa

Dagotto también demostró que Toquier “tampoco consideró la cuasi simultánea inscripción del domicilio en [Comodoro Rivadavia] y la presentación concursal”, según detalló el Ministerio Público Fiscal, cuando el verdadero domicilio de la empresa era en la avenida Córdoba de la ciudad de Buenos Aires, por lo que el concurso debía tramitarse en la Capital Federal.

“Luego de decretar la apertura del concurso preventivo, sobre la base de un hecho falso, consistente en el referido domicilio ficticio –abundó el Ministerio Público Fiscal-, el juez Toquier decidió continuar con el proceso, no obstante haber tomado conocimiento directo y fehaciente de hechos nuevos que demostraban que la concursada había falseado su domicilio para propiciar una competencia inexistente”.

La fiscalía también logró probar que los hechos falsos fueron “silenciados por la deudora [es decir, la petrolera de López y De Sousa] y conocidos por el juez cuando su competencia territorial aún no estaba consentida, es decir que no existía estabilidad jurídica que le haya impedido a Toquier declarar su incompetencia de oficio ante los inequívocos indicios de fraude a la ley”.

De concursos y asados

Toquier era un viejo conocido en el círculo de López y De Sousa. Antes había tramitado el concurso de otra de sus empresas, Alcalis de la Patagonia, mientras que desde Comodoro Rivadavia se sumaban los testimonios sobre su presencia en varios de los asados que cada jueves organizaban los colaboradores de López en los quinchos de sus empresas.

Durante el juicio oral, la acusación también probó que Toquier sabía “de manera fehaciente” que en un Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal en Buenos Aires se habían dispuesto medidas cautelares contra la petrolera y el resto del Grupo Indalo, pero que aun así retuvo e impulsó el concurso a pedido de López y De Sousa “Estos como otros actos posteriores demuestran que actuó de manera voluntaria y lineal a los fines de satisfacer los fines de la concursada”, detalló el Ministerio Público.

A las cautelares dispuestas en el fuero Contencioso Administrativo se sumaron otras del juez en lo Comercial en Buenos Aires, Héctor Hugo Vitale, quien le había ordenado a Toquier que le remitiera su expediente. Para Vitale, el intento de López por recalar en los tribunales patagónicos, escribió en mayo de 2016, “conforma un cúmulo de presunciones graves, precisas y concordantes […] que llevan a concluir que la deudora eligió el domicilio para iniciar el [concurso] y violentó de tal manera el principio legal de orden público establecido en la ley de concursos, generando con su accionar la existencia de un domicilio ficticio”.

Pese a ese reclamo, sin embargo, el juez de Comodoro Rivadavia retuvo el concurso varios meses más. Por eso, planteó la fiscal Dagotto durante el juicio oral, “Toquier incurrió en una gama de transgresiones legales que alteraron el normal funcionamiento del órgano de Justicia retardando maliciosamente lo requerido por las partes y lo que le exigía la ley”, para después omitir “maliciosamente suspende el trámite del concurso y elevar las actuaciones a la Corte Suprema, reteniéndolo y continuando normalmente el proceso, lo que motivó la resolución de la Corte que resolvió la suspensión del concurso y su urgente remisión”.

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