Lo hizo el juez de ejecución de su condena en el caso Ciccone. Pero se cumplirá cuando quede firme por lo que deberá intervenir el máximo tribunal penal
El juez federal Ricardo Basílico revocó hoy la prisión domiciliaria que tiene desde hace un año el ex vicepresidente de la Nación Amado Boudou y ordenó que vuelva a una unidad carcelaria a cumplir la condena de cinco años y 10 meses de cárcel por el caso Ciccone.
Pero la decisión no se cumplirá de manera inmediata. El magistrado dispuso en su resolución a la que accedió Infobae que será “una vez que se encuentre firme esta resolución”, por lo que hay que esperar que define la Cámara Federal de Casación Penal, instancia a la que la defensa de Boudou apelará el fallo para que sea revisado. Tiene un plazo de 10 días hábiles para hacerlo. Mientras tanto, el ex vicepresidente seguirá en prisión domiciliaria en su casa de la localidad bonaerense de Avellaneda.
Basílico, que es el juez de ejecución de la condena de Boudou, rechazó los dos argumentos que la defensa del ex funcionario planteó en una audiencia que se realizó la semana pasada en la que pidió que continúen prisión domiciliaria: el interés superior de los dos hijos mellizos de ex vicepresidente de contar con su padre en su desarrollo y una resolución de Casación que estableció que por la pandemia del coronavirus se debía analizar medidas alternativas a la cárcel de quienes estén cerca de acceder a salidas de la prisión.
El magistrado dijo que la situación actual de la familia de Boudou “no revela la existencia de un escenario de desamparo” para los hijos. “Debe ponderarse que los niños están al cuidado de su madre, gozan de buena salud, poseen una vivienda con el suficiente espacio para poder desarrollarse y crecer en un ámbito seguro y acorde a su nivel sociocultural”, explicó.
Basílico describió que los chicos viven en una casa de cuatro plantas, jardín, pileta, quincho, cinco dormitorios y ascensor propio, tienen cobertura médica privada, que su padre comenzó a cobrar su pensión de vicepresidente y que si bien ni Boudou ni su pareja, Mónica García de la Fuente, ni tienen familiares que puedan ayudarlos, “lo cierto es que poseen los medios económicos suficientes para contratar personal capacitado para colaborar con el cuidado y educación de los menores”. El juez puso como ejemplo que los padres contrataron a una docente para que vaya a la casa cuando el jardín al que concurren fue cerrado por refacciones.
“Con lo expuesto, para nada se pretende negar la existencia de un menoscabo afectivo de los niños al no poder convivir con su padre o visitarlo en la unidad penitenciaria donde se lo alojaría en virtud de la pandemia del COVID-19 que todo el país viene sufriendo, mas esta circunstancia no pude ser subsanada por este Tribunal por medio de la aplicación incorrecta de los arts. 10 del C.P. y 32 de la ley 24.660″, concluyó en referencia a los motivos que establece la ley para otorgar la prisión domiciliaria.