Nueve años de prisión para un sujeto por abusar de una menor de edad

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Hands holding the bars

Nueve años de prisión cumplirá C. A. M. (26) por el delito de abuso sexual con acceso carnal (tres hechos), en concurso real, en perjuicio de una menor de edad.

Los hechos ocurrieron en un paraje ubicado cerca de San Antonio de los Cobres. En ese momento, el acusado tenía 24 años y la niña, 12.

Los abusos salieron a la luz cuando la madre de la víctima la llevó hasta el hospital de esa localidad porque la menor se sentía mareada y dolorida. Allí le realizaron los análisis correspondientes y le informaron que su hija estaba embarazada.

En una entrevista con la psicóloga, la niña contó que se había estado viendo con el imputado y que él sería el padre del bebé. La madre de la menor refirió que C. A. M. era conocido de la familia y que había cierta relación de parentesco porque sus padres eran primos hermanos. Contó incluso que el acusado era padrino de uno de sus hijos menores y que, cuando se realizó el bautismo, su hija (víctima del abuso) tenía ocho años.

Sostuvo que nunca supo de la relación entre la menor y el imputado porque en esa época ella había tenido que viajar a Salta. Su hija había quedado como interna en la escuela de la zona y salía los fines de semana. El acusado residía en el mismo paraje y trabajaba en una empresa minera.

En su declaración, durante la audiencia, C. A. M. adujo que él no sabía que era delito tener relaciones con una menor. Sostuvo que es costumbre en la comunidad donde él reside, en la ladera de los cerros. Dijo además que desconocía qué edad tenía la menor en aquel momento y que él pensó que tenía quince o dieciséis años porque aparentaba ser mayor.

Al término de la audiencia, el juez Javier Aranibar, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, ordenó la inmediata detención del acusado y su traslado a la Alcaidía General. También dispuso que se le practique examen médico y extracción de material genético para su inscripción en el Registro nacional y provincial de condenados vinculados a delitos contra las personas y contra la integridad sexual.

Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.

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