El Gobernador dio a conocer nuevas disposiciones en el marco de la emergencia sanitaria para asegurar el cumplimiento de los protocolos a fin de mantener una cuarentena administrada y equilibrada.
En toda la Administración Pública se reducirá al mínimo la concurrencia del personal, a lo estrictamente esencial, procurando el teletrabajo.
En esta nueva etapa se busca tomar medidas focalizadas, cuidando equilibradamente que las actividades económicas y la circulación de las personas no comprometan gravemente la salud pública.
El mandatario sostuvo la decisión de “tener una cuarentena administrada y equilibrada, disminuyendo la circulación de la gente y garantizando la libertad de quienes tienen la necesidad de trabajar y de quienes trabajan para cuidarnos”.
Entre las medidas adoptadas, el gobernador Sáenz se refirió a la reducción de la asistencia a los lugares de trabajo del personal de la Administración Pública, a partir del miércoles 15 del corriente, procurando el mínimo de desplazamiento de personas y desalentando el uso del transporte público. Asimismo, invitó a los poderes Judicial y Legislativo y a los Municipios a tomar idéntica medida.
Dijo que los Municipios tendrán la facultad de restringir ciertas actividades, pero también tendrán la obligación de controlar, consultando al COE cada restricción, como así también cada flexibilización que se proponga.
“Donde veamos que hay brotes de la enfermedad, procederemos como lo hicimos en Tartagal, Orán o Güemes, vamos a buscar los casos, trabajando responsablemente”, agregó el mandatario.
Finalmente, el Gobernador aseguró que “vamos a ser estrictos y rigurosos con el control del cumplimiento de los protocolos de salubridad y seguridad.
Esta son las principales medidas tomadas por el COE:
- Mantener la restricción de ingresos a la Provincia, a excepción de los casos previstos en la normativa. Dicha medida rige hasta el 31 de julio.
- Todas las actividades, comerciales, gimnasios, reuniones sociales y familiares, deportivas, artísticas, culturales, religiosas, mantienen la limitación horaria, hasta las 20hs. Salvo el rubro gastronómico y actividades esenciales.
- En toda la provincia rige la exigencia de D.N.I pero solo para comercios, ferias, centros comerciales, shoppings, galerías y supermercados, quienes podrán asistir los días lunes, miércoles y viernes cuyo D.N.I finalice en número par (0, 2, 4, 6, 8), y los días martes, jueves y sábados cuyo D.N.I. finalice en número impar (1, 3, 5, 7, 9).
- Los comercios habilitados están obligados a exigir a sus clientes la exhibición de sus D.N.I y no deben atender a las personas no habilitadas a tal fin.
- Esta medida no aplica para el sector gastronómico; espacios deportivos; espacios culturales; farmacias y ópticas; kioscos, drugstores, despensas y todo otro comercio de venta de productos de primera necesidad.
- El rubro gastronómico podrá abrir hasta las 24 horas y pasado dicho horario solamente puede realizar envíos a domicilio.
- Están habilitados los deportes individuales, gimnasios y salidas recreativas, mientras que el Ministerio de Turismo y Deportes puede habilitar actividades deportivas grupales. Para el caso de la práctica deportiva, no aplica la terminación de D.N.I.
- En cuanto al turismo interno: se mantiene vigente con la regulación del Ministerio de Turismo y Deportes, salvo desde y hacia los Departamentos de Gral. San Martín, Güemes, y Orán. Asimismo, los municipios pueden limitar o suspender ésta modalidad de turismo en su jurisdicción.
- No se necesita permiso de circulación, salvo para uso de transporte público por traslado al lugar de trabajo. También para transitar hacia otros municipios por razones laborales, siempre que la actividad sea de las declaradas esenciales.
- Los departamentos General San Martín, Orán y General Güemes vuelven a la fase de “Distanciamiento”, al igual que el resto de la Provincia, pero con ciertas particularidades: se prohíbe el ingreso y egreso entre los Municipios de los mismos, salvo el tránsito de servicios tales como salud, seguridad, transporte de productos indispensables y servicios esenciales detallados en los artículos 13 y 14 del DNU N° 576/2.020, debiendo en este último caso acreditarse la condición que se invoca.
- Los municipios pueden limitar el horario de ciertas actividades. Y en caso que se procure suspenderlas solo podrán hacerlo mediando previa autorización del COE provincial.
- Por otra parte, en toda la Administración Pública se reduce al mínimo la concurrencia del personal, a lo estrictamente esencial, y se procura el teletrabajo. Esta medida rige a partir del 15 y hasta el 31 de julio. Continúan dispensados, además, los grupos de riesgo.
- Finalmente se invita a los Poderes Judicial y Legislativo provinciales, a los Departamentos Ejecutivos Municipales y Concejos Deliberantes, a disponer medidas que se adecuen a la finalidad prevista para la Administración Pública, a los fines de limitar la concurrencia del personal.